El artículo del Dr. Javier Vásquez Laguna analiza cómo los desperdicios de materiales en la construcción —como restos de concreto, metal o ladrillos—difiere de manera significativa dependiendo del plano desde el que se aborden: constructivo, contable o tributario. Además, detalla que para la deducción de mermas se exige la elaboración de un informe emitido por un profesional independiente, con detalle de la metodología aplicada y las pruebas efectuadas. En cambio, la deducción de desmedros impone requisitos más estrictos, como la comunicación previa a la SUNAT, la destrucción de existencias con presencia notarial o judicial, y la entrega del acta o constatación formal, acompañada de un informe técnico debidamente sustentado.
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