10 de Mayo de 2013

Arbitraje y conciliación

Bajo la dirección de Frank García Ascencios, abogado de la Universidad de Lima y secretario arbitral del Centro de Conciliación y Arbitraje de la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud (Sunasa), veinte reconocidos especialistas en leyes del Perú y el extranjero han contribuido con sus artículos y ensayos a dar forma al libro Derecho arbitral, que aborda los alcances de esta forma de resolver conflictos que prioriza la negociación, la mediación y la conciliación.

¿Cómo nació tu interés por dirigir este proyecto?

El derecho arbitral me interesa desde que era alumno. Mi tesis de titulación se llama “Anulación y amparo en el derecho de arbitraje”, que aborda asuntos como los problemas que se generan cuando el Tribunal Constitucional declara la nulidad de los laudos arbitrales. Ante esta situación, se plantea la excepcionalidad del amparo, un proceso constitucional en el que no se debe entrar a valorar los medios probatorios ni emitir un nuevo pronunciamiento sobre el fondo, debido a que esta decisión final ya fue emitida por el árbitro.

¿En qué otras circunstancias se recomienda acudir a un arbitraje?

No solo se solicita un arbitraje en temas que involucran mucho dinero o a grandes empresarios, pues también es una modalidad que puede ser apelada por cualquier ciudadano. Por ejemplo, si se produce un conflicto entre una persona que ha arrendado un departamento y el dueño del inmueble, en vez de ir al Poder Judicial y plantear una demanda, se puede solicitar un arbitraje que, en cuatro o cinco meses, emite un laudo arbitral que es equiparable a una sentencia judicial, con lo que se evita un proceso de dos a tres años de apelaciones o casaciones. El arbitraje, además, puede aplicarse en negligencias médicas, litigios entre un empleador y los trabajadores, entre otros casos, tanto en el ámbito nacional como en el extranjero.

¿El derecho arbitral es un tema novedoso en el Perú?

En el campo bibliográfico, existen pocas investigaciones al respecto, pese a que contamos con textos valiosos escritos por abogados de prestigio como Mario Castillo Freyre o Fernando Cantuarias Salaverry. En este punto, cabe resaltar que la ley de arbitraje en el Perú —también conocida como el Decreto Legislativo N.° 1071— data del año 2008 y recoge los principios modernos de la Ley Modelo de la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho (United Nations Commission on International Trade Law, Uncitral). Por ello, se trata de un asunto relativamente nuevo para nuestro país. En este contexto, el libro Derecho arbitral es un aporte que reúne los textos que se aproximan a este tópico de veinte expertos en leyes, entre los que figuran los españoles Antonio María Lorca Navarrete y Silvia Barona Vilar. Una serie de especialidades son abordadas por esta obra: arbitraje en los grupos de empresas familiares, arbitraje como mecanismo alternativo de resolución de controversias en materia tributaria en el Perú, arbitraje en el procedimiento de negociación colectiva, etcétera.

¿Cuándo empezó esta pasión por el derecho arbitral?

La primera vez que conocí este término fue en el curso Introducción al Derecho Procesal. Luego, en el curso Derecho Arbitral, esta materia terminó por apasionarme. Sin duda, la calidad de los docentes fue muy importante para despertar mi interés por este tema.

¿Siempre supiste que querías estudiar Derecho?

Sí, desde el colegio. Ya me gustaban los rubros relacionados al Derecho y a las empresas cuando era chico. Creo que si no hubiera seguido una carrera ligada a las leyes, seguramente habría estudiado Economía.

¿Cuáles son tus siguientes proyectos?

En estos momentos estoy completando una Maestría en Derecho Empresarial en la Universidad de Lima. Dentro de este plan, la tesis que estoy avanzando se llama “Arbitraje de las inversiones”. Espero obtener la calificación máxima para que esta obra pueda ser publicada.