En el artículo, se analiza la reciente RTF 6424-10-2025, mediante la cual el Tribunal Fiscal confirmó la validez de las notificaciones realizadas por la Sunat a través del buzón SOL, incluso cuando no se hayan enviado alertas al correo electrónico o celular del contribuyente. La autora contrasta este criterio con la jurisprudencia del Tribunal Constitucional, que exige garantizar el conocimiento efectivo de los actos administrativos para salvaguardar el derecho de defensa. Asimismo, destaca la importancia de revisar periódicamente el buzón SOL y mantener actualizados los canales de contacto registrados ante la Sunat, mientras no exista un criterio definitivo sobre la obligatoriedad de las alertas complementarias.
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