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El artículo explica que la entrada en vigor del MLI marca un punto de inflexión para los Convenios para Evitar la Doble Imposición (CDI) suscritos por el Perú. Este instrumento modifica automáticamente diversas cláusulas de los CDI, reforzando medidas antielusión, estándares mínimos de transparencia y mecanismos para prevenir el abuso de los tratados. La autora destaca que el reto ahora es la correcta aplicación práctica del MLI, lo cual exige coordinación administrativa, interpretación uniforme y adaptación por parte de contribuyentes y autoridades tributarias.
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