carga de la prueba

La carga de la prueba en la fiscalización

Según Fabiana del Padre Tomé, “la carga consiste en la necesidad de desarrollar cierta actividad para obtener determinado resultado pretendido. Su existencia presupone un derecho subjetivo de actuar, que puede, o no, ser ejercido” (2012, p. 255). Es decir, estamos ante un derecho subjetivo disponible, que es algo distinto de una obligación.