03 de Noviembre de 2023

La utilidad de las estimaciones contables

Como preámbulo del Curso Especializado NIIF (Normas Internacionales de Información Financiera), la Dirección de Educación Ejecutiva de la Universidad de Lima realizó un webinar sobre las estimaciones contables y su incidencia tributaria, que fue disertado por Rosa Ortega, graduada de nuestra Maestría en Tributación y Política Fiscal (MTPF), directora de la revista Contadores & Empresas y especialista en doctrina contable, NIIF y tributación empresarial.

En esta charla realizada el 17 de octubre, Ortega indicó que el IASB (International Accounting Standards Board o Junta de Normas Internacionales de Contabilidad), por medio de la enmienda “Definición de estimaciones contables”, modificó la NIC 8 (Norma Internacional de Contabilidad) en el año 2021, con la finalidad de que las empresas distingan con mayor claridad los cambios en las políticas contables y en las estimaciones contables. Dicha enmienda es aplicable desde el 1 de enero de 2023.

La experta también señaló que, según el quinto párrafo de la NIC 8, las estimaciones contables son los importes monetarios en los estados financieros que están sujetos a la incertidumbre en la medición, y que para desarrollarlas es necesario usar datos de entrada (como la vida útil de un activo) y técnicas de medicación como las de estimación y las de valoración.

Asimismo, Ortega precisó que la incertidumbre en la medición surge cuando los importes monetarios en los estados financieros no pueden ser observados directamente, por lo que deben ser estimados. También, resaltó que el uso de las estimaciones razonables es una parte esencial de la preparación de la información financiera y que no debilita la utilidad de este contenido, siempre que las estimaciones estén descritas y explicadas de forma clara y precisa.

Del mismo modo, la ponente afirmó que las estimaciones contables, por su naturaleza, son aproximaciones que pueden necesitar un cambio cuando se conocen informaciones adicionales, y que, por ejemplo, las pérdidas o ganancias reconocidas como el resultado del desenlace de una contingencia no constituyen la corrección de un error.

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