10 de Agosto de 2016

Conversatorio sobre instituciones de derecho financiero

Juan José Blossiers (moderador), Fabrizio Orrego Peche y César Augusto Ferreyros.

El conversatorio Instituciones de Derecho Financiero: Acción y Perspectivas, organizado por la Carrera de Derecho de la Universidad de Lima, se llevó a cabo el 14 de julio y tuvo como invitados a César Augusto Ferreyros, gerente de la Cámara de Compensación Electrónica; Fabrizio Orrego Peche, del Banco Central de Reserva del Perú; y Eva Céspedes, directora del Sistema de Defensoría del Cliente Financiero.

Los ponentes abordaron los siguientes temas: funcionamiento de la Cámara de Compensación Electrónica, perspectivas económicas en el ámbito económico-financiero, y perspectivas y alcances del defensor del cliente financiero, respectivamente.

César Augusto Ferreyros explicó que la Cámara de Compensación Electrónica (CCE) es una empresa de propiedad privada que nació con el fin de acelerar y mejorar el proceso de canje y compensación de cheques, así como de transferencias interbancarias.

Dicha cámara se constituyó en el año 2000 y ha ido evolucionando con el objetivo de desarrollar nuevos mecanismos. Por ello, en el 2001, se añadió el servicio de transferencias interbancarias y, en el 2016, las de tipo inmediato.

Las primeras son aquellas que permiten realizar operaciones de banco a banco por un valor límite de S/. 310.000. Mientras que las transferencias diferidas establecen que, si la transferencia se hace hasta las 2.00 p. m., el banco que recibirá los fondos lo hará a partir de las 5.00 p. m. De lo contrario, los fondos se disponen al día siguiente.

Las transferencias inmediatas son una nueva modalidad que no todos los países tienen y, como indica su nombre, el abono se hace de forma inmediata. El gerente de la CCE también informó que en la actualidad se lleva a cabo un total de 1.100.000 operaciones mensuales de bajo valor en nuestro país.

La segunda ponencia estuvo a cargo de Fabrizio Orrego Peche, quien ofreció alcances sobre la función y la gestión que cumple el BCRP en nuestro país. “El negocio del banco es controlar la inflación. Tener en jaque la canasta básica a nivel de Lima Metropolitana”, manifestó.

El BCRP se encarga de mantener la inflación dentro de una banda establecida entre 1 % y 3 % anual. Para ello, se elabora un reporte de inflación que se basa en determinantes externos e internos. Y se establece un modelo que implica una serie de ecuaciones económicas a partir de la información que se recibe de todos los sectores del país. 

Además, expresó que la política monetaria que se aplica tiene carácter rezagado. Es decir, que a diferencia de las políticas fiscales, que son inmediatas —como las tasas de interés—, estas son proyecciones que van a observarse dentro de un período de 2 años.

Por otro lado, Fabrizio Orrego Peche explicó que, en el BCRP, “todos los segundos jueves de cada mes, el directorio decide sobre el precio del dinero”. Es decir, se establece la tasa de interés de referencia para el mercado de préstamos interbancarios. Actualmente, esta tasa es de 4,25 % anual y se decide con base en la información que recibe el directorio del BCRP.

La importancia del manejo del precio del dinero reside directamente en la inversión. Por ejemplo, si la tasa sube considerablemente, automáticamente “el costo para pedir un préstamo en el banco se eleva. Por lo tanto, la inversión baja, porque influye en todos los préstamos”. Por el contrario, si la tasa baja, la inversión aumenta y se deja de ahorrar. Asimismo, dicha tasa es importante para poder establecer la proyección de la inflación, que tiene que ver con la principal función que opera el BCRP.

Eva Céspedes cerró el conversatorio con su ponencia sobre la Defensoría del Cliente Financiero. Explicó que esta entidad, al igual que la CCE, surge como iniciativa del sector privado. Su objetivo principal es apoyar al cliente financiero en caso de tener problemas con los productos o servicios que recibe.

Funciona de manera similar al Indecopi y tiene las características de inapelabilidad, gratuidad y promoción de la conciliación. También expresó Céspedes que “para que un consumidor pueda reclamar ante la defensoría, tiene que haber pasado primero por el banco” y el monto del reclamo no debe superar los S/. 70.000.

En el año 2012 se estableció una serie de cambios y modificaciones en el reglamento de la CCE (en casos especiales) debido al incremento de las demandas.

“Se redacta un reglamento modificado y se crea una instancia que pueda resolver los reclamos de los consumidores que llegaran sin haber pasado antes por el banco”, detalló Eva Céspedes. Esto se realizó con un reglamento que fija un tiempo límite dentro del cual el banco denunciado debe presentar su descargo. De no hacerlo dentro del tiempo establecido, la defensoría toma el control de la decisión.

Entre otros cambios que benefician al usuario financiero, también se elaboró un cambio en el formato de solicitud para volverlo más simple y entendible.

La ponente detalló que, hasta el momento, se han atendido 12.000 reclamos. De estos, el 48 % ha recibido un fallo a favor de los clientes; el 45 %, a favor de las empresas; y el 7 % restante se ha declarado improcedente por distintas razones.

“Nosotros nos ponemos en los zapatos del usuario y tratamos de resolver el problema en el menor plazo posible”, finalizó Eva Céspedes.