Instituto de Investigación Científica

Alcances y límites de los derechos posmortem de la persona en el Perú: ¿Tienen derechos los muertos?

  • Autor: 
    Arturo Cárdenas Krenz
  • Línea de Investigación: 
  • Año: 
    2015
  • Facultad: 
  • Sumilla: 

    Si bien, como dice la doctrina tradicional, la persona al morir deja de ser sujeto de derecho para convertirse en objeto de derecho, existen casos que plantean revisar lo enunciado, como por ejemplo determinar si la persona fallecida tiene derecho al honor, la intimidad, la imagen, la crioconservación, etcétera. Por otro lado, cabe preguntarse hasta qué punto debe respetarse o no la voluntad del difunto tratándose de la disposición de su cuerpo, cuál es el tratamiento que merece el concebido fallecido antes de nacer, cómo debe responder el derecho a los usos atípicos del cadáver. Uno de los problemas fundamentales vinculados con esta temática es que existen personas que deciden donar sus órganos a su muerte, pero, una vez fallecidas, los médicos se encuentran con la oposición de los parientes, con lo que se deja de cumplir la altruista voluntad del fallecido. Este trabajo se propone revisar el tratamiento que merece la persona fallecida y el cadáver, analizando su estatus jurídico. Asimismo, determinar los derechos que le serían subyacentes, distinguiendo entre los que competen a sus familiares y los que vendrían a ser indisponibles, y analizar algunas cuestiones prácticas vinculadas con la materia respecto a las cuales existe defecto o deficiencia de la ley.

  • Palabras Clave: 
    Derecho, familia, género, niñez, adolescencia, derechos postmortem, Perú