16 of July of 2015

La responsabilidad social desde el ejercicio del derecho

Actualmente nadie se cuestiona la importancia de la responsabilidad social, tanto desde las organizaciones que nacen con la intención de luchar a favor de causas sociales como desde las iniciativas que las empresas vienen desarrollando para impactar de forma positiva en las comunidades. El quehacer de los abogados no se desentiende de esta preocupación, sino que le brinda un énfasis importante desde el trabajo pro bono, que permite a los profesionales del derecho generar un impacto positivo en la sociedad al mismo tiempo que adquieren mayores competencias y experiencia en su campo de acción. Acerca de esta arista del desempeño profesional de los abogados trató el seminario “El sentido de la responsabilidad social en el derecho”, que se llevó a cabo el 3 de junio en el Auditorio S y fue organizado por Advocatus, revista conformada por alumnos de la Facultad de Derecho de la Universidad de Lima.

La velada empezó con las palabras de inauguración y bienvenida de Sergio Silva Tapia, director general de la revista Advocatus, quien destacó:

“Hoy la responsabilidad social es un tema muy relevante; sin duda, es transversal a todas las profesiones. El derecho, y en particular el ejercicio de la abogacía, no pueden permanecer ajenos a ello. Nuestra futura profesión es una herramienta valiosa y eficiente en la búsqueda del bien común, entendida su trascendencia puede identificarse fácilmente el rol social de la carrera. La abogacía viene evolucionando a través de la reivindicación de la ética y el profesionalismo de la carrera busca recuperar el prestigio de la abogacía en el país, movilizando así a la opinión pública y transmitiendo una imagen más solidaria, a la vez que humana, y más cercana a los necesitados de amparo jurídico”.

Trabajo ‘pro bono’

El primer ponente de la noche fue Enrique Felices Saavedra, socio del Estudio Miranda & Amado y presidente de la Alianza Pro Bono. En su participación, titulada “¿Qué es el sistema pro bono?”, afirmó que dentro del concepto de responsabilidad social no solo se debería incluir la prestación de servicios jurídicos gratuitos, por ejemplo, sino los distintos trabajos que emprenden los abogados que forman parte de un estudio o de manera independiente, colaborando mediante otro tipo de actividades con causas sociales. Felices definió el trabajo pro bono como “el trabajo jurídico gratuito que se hace en favor de personas en estado de pobreza o vulnerabilidad y las organizaciones que las apoyen”. Asimismo, compartió un poco sobre la historia de este tipo de labor:

“Hace 8 años aproximadamente, un grupo de abogados de distintos países, bajo el auspicio del Centro Vance para la Justicia Internacional, alojado en el colegio de abogados de Nueva York, propició la suscripción de lo que denominó la Declaración Pro Bono para el Continente Americano. Una declaración de principios donde los estudios de abogados que decidieron firmarla asumimos la obligación de incrementar nuestro trabajo ‘pro bono’ para llegar a cumplir la meta de dedicar 20 horas por abogado, al año, al trabajo jurídico gratuito”.

El expositor también se refirió al Desafío Pro Bono, un concurso convocado por la Alianza Pro Bono y abierto a todos los estudiantes de Derecho del Perú, para que identifiquen un proyecto de alcance social, el mismo que luego será asumido por la Alianza Pro Bono y alguno de los estudios que la conforman para volverlo realidad junto con los estudiantes del equipo ganador.

Responsabilidad social estratégica y normatividad

El siguiente invitado fue Miguel Ángel Torres Morales, socio del Estudio Torres y Torres Lara, presidente del directorio ejecutivo de la Revista Peruana de Derecho de la Empresa y profesor de Derecho Tributario de la Universidad de Lima, quien tocó el tema “¿Por qué es necesario que los abogados realicen actividades de responsabilidad social?”. Torres resaltó que la responsabilidad social ya dejó de ser un tema de interés exclusivo para grandes empresas extractivas y ahora es un tema en el que cualquier tipo de empresa, más allá del tamaño o actividad, debe verse involucrada. Asimismo, aclaró que “el trabajo pro bono es un aspecto puntual de la participación social, porque la participación social es bastante más amplia”.

El ponente luego se refirió al concepto de responsabilidad social estratégica, que involucra una nueva definición de la empresa en la que esta no solo ha sido creada para generar utilidades, sino para atender a cada uno de los grupos de interés que se desarrollan alrededor de ella. Así, la responsabilidad social estratégica plantea que no hay ninguna contradicción entre el hecho de que una empresa busque conseguir ganancias y que además atienda o tenga un impacto positivo en su comunidad.

Finalmente, dirigiéndose a los alumnos de Derecho presentes, el docente se refirió al impacto que deben tener los abogados en la legislación:

“Si en el 2008 se creó una norma tan bonita e importante como la de Obras por Impuestos, ¿por qué no estamos nosotros en condiciones de crear una normatividad que también aliente la responsabilidad social estratégica? Esa es mi invitación hacia ustedes. Busquen abarcar la mayor cantidad de ámbitos en la responsabilidad social y vean cómo pueden aportar más a este concepto, lo principal es tener ideas para la creación de normas que faciliten y que premien, que incentiven y no obliguen a las empresas a ser socialmente responsables”.

Ayudar acumulando experiencia profesional

El seminario concluyó con las participaciones de Ricardo Cánepa Casillas, asociado del Estudio Echecopar, y José Carlos Llerena, coordinador del Sistema Pro Bono administrado por Ciudadanos al Día. Cánepa se refirió a la participación de los estudiantes en el Sistema Pro Bono, y manifestó que cuando uno es estudiante debe hacer trabajo pro bono, en primer lugar, por un imperativo ético. Además, destacó que el mercado lo está valorando cada vez más, aclarando que un estudio va a preferir a quien sea más proclive a hacer trabajo pro bono, al igual que las empresas. Por último, precisó que se trata de una “oportunidad, que no tendrían dentro del ejercicio regular de sus labores, de aprender otros temas siempre bajo la supervisión de un responsable. Es enriquecedor personal y profesionalmente hablando. La principal ventaja del trabajo pro bono, en comparación a la labor social, es que forma parte de sus labores, de la lista de pendientes. La vitrina perfecta para ayudar a los demás dentro de lo que uno hace cotidianamente”.

Llerena, por su parte, fue claro al afirmar que “el pro bono no es caridad, no es dinero que donamos ni una colecta, tampoco un acto por compasión o una cuestión de desprendimiento o filantropía, porque esta última no tiene ninguna carga o compromiso previo. El trabajo pro bono es más que todo una responsabilidad y en cierta medida un deber”. Además, resaltó que se trata de un incentivo para ciertos abogados jóvenes en un escenario como el peruano en el que ellos afrontan una carga laboral menor a la del abogado ya titulado. “Cuando ves como abogado un tema de trabajo pro bono, lo ves todo, te entrevistas con el cliente pro bono, que es un cliente muy distinto, y te haces cargo del caso efectuando trabajo de abogado —detalló el ponente—. El pro bono te invita a pensar fuera de la caja, a relacionarte con comunicadores, con gestores públicos, con investigadores, entonces te lleva a realizar un trabajo distinto, lo que genera mejores capacidades para comprender de una manera más integral los problemas sociales en general”.